viernes, 15 de enero de 2010

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Comenta algún artículo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:

Artículo 1.

  • Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2.

  • Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
  • Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3.

  • Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4.

  • Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5.

  • Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6.

  • Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7.

  • Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8.

  • Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9.

  • Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10.

  • Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11.

  • 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
  • 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12.

  • Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13.

  • 1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
  • 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14.

  • 1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
  • 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15.

  • 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
  • 2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16.

  • 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
  • 2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
  • 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17.

  • 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
  • 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18.

  • Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19.

  • Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20.

  • 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
  • 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21.

  • 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
  • 2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
  • 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22.

  • Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23.

  • 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
  • 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
  • 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
  • 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24.

  • Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25.

  • 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
  • 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26.

  • 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
  • 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
  • 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27.

  • 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
  • 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28.

  • Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29.

  • 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
  • 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
  • 3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30.

  • Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

Pon primero el número del artículo y luego haz un breve comentario de dicho artículo.

36 comentarios:

  1. Artículo 2

    Me ha gustado más el artículo 2 porqué habla de que no importa la religión, raza, color y que todos somos iguales no uno más que otro.

    Raquel 5A

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  2. El artículo que me ha llamado mas la atención ha sido el artículo número 3, porque habla sobre el derecho de la vida y es verdad que todo el mundo tiene derecho a vivir, también habla sobre el derecho de la libertad y es verdad que todo el mundo tiene derecho a ser libre y habla del derecho de su seguridad, es verdad que todo el mundo tiene que ser protegido por la policía que no porque seas de otra raza ya no te protejan la policía, guardia civil, tus padres, etc.

    Sebastián 5ºA

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  3. Me a gustado el artículo 26:
    porque todo el mundo tiene derecho a la educación ,a la libertad y a el tipo de educación que quieras.
    Laura M 5ª

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  4. A mi me a gustado el 1 porque nacimos libres y con derechos.




    luisa 5A

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  5. me ha gustado el articulo 2 porque todos somos iguales y no importa del color o raza que sea una persona

    Mariola 5ºA

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  6. A mi me a gustado más el articulo 3,por que todas las personas pobres,individuos...tiene derecho a todo como nosotros.Ha ser libre, tener ayuda...

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  7. ha mi me gusta el 1 por que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos

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  8. articulo 2 porque todas las personas somos iguales y nadie debería de ser esclavo

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  9. artículo 16.por que todo el mundo tiene la obligación de formar una familia.Y también tienen derecho de contraigan un matrimonio

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  10. Articulo15.Me ha gustado por que podas las persona tenemos que tener nacionalidad en un país y si tu eres de un 'país no hay que insulta al otro.

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  11. Me ha gustado el articulo 4 por que dice que nadie esta sometido a la esclavitud pero en algunos Paises hay esclavitud y eso es una injustiza.Nerea 5b

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  13. yo elijo el articulo dos porque,todo el mundo sea de la raza que sea, del idioma que sea, tiene todos los derechos y libertades del mundo.





    Laura.A 5ª

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  14. A mi me a gustado el articulo numero 2 porque habla de que no hay que ser racistas y de que no hay que discriminar a nadie por su color, su religión, su opinión, su idioma, su raza, su dinero, su origen, su nacimiento... Y este derecho hay mucha gente que no lo cumple.

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  15. me interesa el numero 4 porque no tenemos derecho a ser esclavos en ninguna raza

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  16. Artículo 4. Porque dice que nadie tiene que ser exclavo y hay donde hay exclavos y eso es una injusticia.

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  17. Articulo 18:

    Me ha gustado este porque tienes la libertad de cambiarte de religión y puede manifestar su religión

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  18. Artículo 2:

    Me ha gustado este artículo porque toda persona tiene derechos y libertades y da igual el color,la raza,el idioma

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  19. Ha mi me a gustado el articulo 5 .

    porque todas las personas tienen derecho a vida propia
    sin ningún tipo de maltrato.

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  20. Me a gustado el articulo numero 4 porque nadie debe ser esclavo de nadie por muy pobre que sea. Y además la esclavitud esta prohibida.

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  21. A mi me a gustado el articulo 3 por que habla del derecho de la vida, de la libertad y de la seguridad de las personas y yo creo que los pobres también tienen derecho como nosotros.

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  22. Articulo 19:

    Porque es el que creo que es el más importante de los artículos a y porque todas las personas tienen derecho a la libertad de expresión y de opinión, también de que no le molesten por su opinión personal.

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  23. Me a gustado el articulo 4 por que pone que no hay que ser esclavo de nadie

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  24. Me ha llamado mas la atención el numero 1 porque todas las personas nacimos libres y con derechos.

    Mariola 5A

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  25. Articulo 3 a mi me ha gustado porque la gente tiene derecho a la libertad y a la seguridad de sus hijo. Y también tiene derecho a que sus hijo tengan una buen salud


    Desireé 5ºA

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  26. Me a gustado el numero 4 por que nadie puede ser exclavo de nadie por mas que quiera las personas


    luisa 5ªA

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  27. Me ha gusta más el artículo 2 por que trata sobre que todos somos y iguales da igual el sexo, la raza de que seamos tenemos los mismos derechos

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  28. Me ha gustado más el artículo 2 porque trata sobre que todos somos iguales da igual el sexo,la raza y el idioma del que seamos tenemos los mismos derechos

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  29. Me ha gustado más el artículo 2 porque trata sobre que todos somoss iguales da igual el sexo,la razo y el idioma del que seamos tenemos los mismos derechos.

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  30. Me ha gustado el árticulo 18 porque todos tenemos derecho a manifestar nuestra religión y no nos debemos avergonzar.

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  31. artículo 16. por que todo el mundo tiene derecho de formar una familia y también todo el mundo tiene derecho de casarse.

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  32. Ha mi me a gustado el numero 1 por que todos tenemos los mismo derechos que los demás y no importa de que raza se amos blanca o negra.

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  33. El comentario 2 me ha parecido muy importante .
    Por qué tiene los niños y las niñas ir ha la escuela y comer todos los días

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  34. Articulo 24.
    Me ha gusta do el articulo 24 porque es verdad que todos las personas tienen derecho a descansar porque en algunos países las personas están de esclavos y comen las sobras de los demás y si no sobran no comen nada.
    Además algunas personas personas mayores no tienen ni trabajo nisiquiera tienen un centimo para comprar.
    Soraya 5B.

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  35. El que me ha gustado a sido el artículo 5 porque nadie tiene derecho a someterlo a ninguna tortura sin que ellos ayan sido.

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  36. Me gusta el articulo 2 porque habla de que todos somos iguales en la religión, el color, la raza ...

    Lo importante no se encuentra en la piel sino en el corazón.

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